Manuel Noguera, regidor entre los años 1983 y 2010, se ha declarado culpable de un delito de estafa.
La Sección Tercera de la Audiencia Provincial de Jaén ha condenado a seis meses de prisión al ex- alcalde socialista del municipio jienense de Santa Elena, Manuel Noguera -regidor entre los años 1983 y 2010- que se ha declarado culpable de un delito de estafa.
La Fiscalía pedía una pena de cuatro años de prisión por un presunto delito de estafa cometido al vender en 2008 a un vecino de la localidad "con el que en aquella época tenía relaciones de amistad" una parcela de una finca propiedad del Ayuntamiento de 4.000 metros cuadrados, actuando "al margen" del Consistorio. Antes del juicio, sin embargo, el Ministerio Público ha admitido que Noguera ha devuelto parte del dinero y que sufre un trastorno mental y ludopatia, por lo que dejó su petición de condena en seis meses, el mínimo posible. El acusado se mostró conforme, lo que hizo innecesario celebrar la vista oral.
El Fiscal, en su escrito de calificación, relata que el acusado, que en el momento de los hechos ocupaba el cargo de alcalde, "prevaliéndose de su condición pero al margen de ella y con el fin de obtener una ganancia ilícita", ofreció al referido vecino la citada finca "por un precio total de 50 euros por metro cuadrado", y le indicó, "con conocimiento de su falsedad, que el Consistorio tenía prevista la modificación de la calificación urbanística del terreno", lo que posibilitaría "la próxima construcción de viviendas adosadas de protección oficial y libre".
A tal efecto, según añade la Fiscalía, el entonces alcalde le entregó al comprador "un documento fechado el 15 de febrero de 2008 sellado por el Ayuntamiento y firmado por él mismo en que se dejaba constancia de tal circunstancia". El 22 de febrero de ese año, el encartado "recibió en su despacho oficial 15.000 euros en metálico" que su vecino le entregó "en mano", y a quien el regidor le aportó "justificante de pago del Ayuntamiento con su firma y DNI".
Según la fiscal que rubrica el escrito, Noguera "actuó al margen del Ayuntamiento en tales operaciones sin que fuese convocado en el periodo de su mandato pleno alguno para la modificación de la calificación urbanística del suelo, que en ningún caso contaba con la aprobación de la Junta de Andalucía ni de la Diputación Provincial, y sin haberse sometido al pleno la posible enajenación de la parcela objeto de venta, no habiéndose incoado, consecuentemente, expediente de enajenación".
Además, según concluye el escrito, "el dinero recibido por el acusado fue empleado en usos propios, no informando de sus negociaciones en ningún momento al Ayuntamiento".
Cabe recordar que el pleno de la Corporación de Santa Elena aprobó en octubre de 2010 -cuando ya Noguera había dejado el cargo de alcalde- y por unanimidad llevar a la Fiscalía las circunstancias de esta operación de compraventa, de las que se había tenido conocimiento un mes antes, cuando un particular interpuso una reclamación patrimonial al Ayuntamiento por incumplir un contrato, y aportó un documento como justificante de un pago de 15.000 euros hecho a Noguera en febrero de 2008 para una parcela de 4.000 metros y que el ex-alcalde había vendido supuestamente en nombre del Ayuntamiento, donde, sin embargo, no consta la entrada de ese dinero.
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